sujeto ¿Quién puede ser sujeto?

Los sujetos de Derecho son las personas físicas y las personas jurídicas. La capacidad para ser titular de Derecho se llama capacidad jurídica y la tiene todo ser humano desde que nace y reúne los requisitos exigidos por el Código Civil (tener forma humana y estar 24 horas fuera del seno materno).

La capacidad de obrar es la aptitud para realizar validamente actos jurídicos.

Persona física

Para las personas físicas la capacidad de obrar varía a lo largo del tiempo, se tiene capacidad de obrar cuando se alcanza la mayoría de edad. Persona jurídica

Es una afición legal y surge porque había determinados objetivos a lograr que no se podían conseguir independientemente y era necesario que se reunieran un grupo de personas. El Derecho le otorga una personalidad propia e independiente de los miembros que lo componen.

Tipos de personas jurídicas:

Públicas: ayuntamientos, partidos políticos, fundaciones… (no son de nuestro interés)

Privadas: son las sociedades. Se constituyen porque dos o más personas acuerdan poner en común bienes, objetos… para lograr un bien común.

La persona física actúa en nombre de la persona jurídica.

OBJETO Cualquier bien con sustantividad propia (osea que no dependa de otro bien), susceptible de satisfacer un interés jurídico protegible (que puede ser objeto de apropiación), ser objeto de comercio.


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