SEGUN EL ARTICULO 1RO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA SE ENCUENTRAN SUJETOS AL PAGO DE ESTE IMPUESTO LAS PERSONAS FISICAS Y MORALES EN LOS SIGUIENTES CASOS
I.- Las residentes en México respecto de todos sus ingresos cualquiera que sea la ubicación de la fuente de riqueza de donde procedan.
II.- Los residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente o una base fija en el país, respecto de los ingresos atribuibles a dicho establecimiento permanente o base fija.
III.- Los residentes en el extranjero, respecto de los ingresos procedentes de fuentes de riqueza situadas en territorio nacional, cuando no tengan un establecimiento permanente o base fija en el país, o cuando teniéndolos, dichos ingresos no sean atribuibles a éstos.