S A R
El Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR)
es una prestación complementaria del Sistema de Pensiones, el cuál fue creado el 1o. de mayo de 1992. Mediante éste, el trabajador va creando un fondo que aumenta sus recursos posibilitándolo al momento de su retiro para una vida más digna.
En reforma publicada en el Diario Oficial el 4 de enero de 1993, se le adiciona las aportaciones del 5% a la subcuenta del fondo de la vivienda.
LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES APORTAN BIMESTRALMENTE EL 5% DEL SALARIO BASICO DE COTIZACIÓN A FAVOR DE LOS TRABAJADORES EN LA SUBCUENTA DEL FONDO DE LA VIVIENDA DE LAS CUENTAS INDIVUDUALES DEL SAR.
BENEFICIATE
Si tu crédito se te otorgo en el período de 1972 a 1992 y está vigente, solicita por escrito la aplicación, de tus aportaciones a la Subcuenta del Fondo de Vivienda de las cuentas individuales del SAR.
Si tu crédito se te otorgó en el período de 1993 a la fecha:
La aplicación del 100% de tus aportaciones a la Subcuenta de Vivienda del SAR, se realiza automáticamente como un pago.
A F O R E
Las AFORE (Administradoras de Fondos para el Retiro) son instituciones financieras privadas mexicanas que administran fondos de retiro y ahorro de los trabajadores afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Fueron creadas por la ley del Seguro Social (LSS) de mayo de 1996. Iniciaron su operación en 1997.
Están encargadas de manejar los fondos de retiro de los trabajadores. Funcionan en base a cuentas individuales con los aportes del beneficiario, del empleador y el Estado. Dichas cuentas son capitalizadas por los ingresos que generen las inversiones efectuadas a través de una Sociedad de Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro (SIEFORE). La AFORE crea 4 subcuentas individuales:
* Retiro, Vejez y Cesantía,
* aportaciones voluntarias,
* vivienda y
* aportaciones adicionales.
Su funcionamiento esta autorizado por la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico y supervisadas por la CONSAR (Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro).
A su vez, la cuenta individual que administra tu AFORE está conformada de cuatro grandes Sub-cuentas:
* Retiro, Cesantía y Vejez (RCV)
* Aportaciones Voluntarias
Patrón.
El 2% de tu Salario base de cotización para Retiro y 3.15% de tu salario base de cotización para Cesantía en edad avanzada y Vejez. Las aportaciones se realizan de manera bimestral.
Gobierno.
0.225% del salario base de cotización por Cesantía en edad avanzada y Vejez (de manera bimestral) y una cantidad equivalente al 5.5% del salario mínimo general para el D.F., por cada día cotizado, por concepto de cuota social.
Trabajador.
1.125% sobre el salario base de cotización de manera bimestral.