PATRIA POTESTAD:

  • ES EL CONJUNTO DE DERECHOS QUE EJERCEN LOS ASENDIENTES SOBRE SUS DESENDIENTES Y SUS BIENES, MIENTRAS ESTOS SEAN MENORES DE EDAD

TUTELA:

  • ES LA INSTITUCION QUE TIENE POR OBJETO LA GUARDA DE LA PERSONA Y BIENES DE OS QUE NO ESTAN SUJETOS A PATRIA POTESTAL TIENEN CAPACIDAD PARA GOBERNARSE POR SIMISMO.

CURATELA:

  • La curatela es la representación legal que se da a los mayores de edad que son incapaces por demencia, por ser sordomudos que no saben darse a entender por escrito, o por ser condenados a pena privativa de la libertad por más de tres (3) años, a las personas por nacer en caso de incapacidad de los padres y también es la función de asistencia de los inhabilitados y la administración de ciertos bienes abandonados o vacantes.

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