TRATADOS DE LIBRE COMERCIO ENTRE MEXICO Y OTROS PAISES

Hasta junio del 2002, México ha firmado 11 acuerdos de libre comercio con diferentes paises de diversas zonas del mundo: Uruguay, EFTA América del Norte, Bolivia, Chile, Costa Rica, Grupo de los Tres, Israel, Nicaragua, Triángulo del Norte, Unión Europea.

Tratado de Libre Comercio México - Chile

El 17 de abril de 1998, en el marco de la II Cumbre de las Américas, México y Chile suscribieron la ampliación del Tratado de Libre Comercio entre ambos países. El TLC entre México y Chile constituye un nuevo instrumento para facilitar las relaciones económicas entre ambos países, ya que incorpora nuevas disciplinas y profundiza las ya contenidas en el Acuerdo de Complementación Económica (ACE) México-Chile, vigente desde el 1° de enero de 1992. El nuevo TLC entre México y Chile profundiza las disciplinas ya contenidas en el ACE, como son las reglas de origen, normas técnicas, medidas de salvaguarda, tributación, inversión, solución de controversias, compras gubernamentales y disposiciones institucionales. Asimismo, incorpora nuevas disciplinas, entre las que destacan medidas sanitarias y fitosanitarias, procedimientos aduaneros, medidas relativas a la normalización, comercio transfronterizo de servicios, transporte aéreo, telecomunicaciones, entrada temporal de hombres de negocios, política en materia de competencia, monopolio y empresas del estado y propiedad intelectual. El Tratado de Libre Comercio entre México y Chile entrará en vigor una vez aprobado por los Congresos de ambos países. En el caso de México, el Congreso aprobó el texto del Tratado y el decreto correspondiente se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 1998. En los primeros días de enero del presente año el Gobierno de México comunicó oficialmente al Gobierno de Chile la aprobación del TLC suscrito entre ambos países. En el caso de Chile, fue aprobada la ampliación del TLC con México el 6 de abril de 1999 por la Cámara de Diputados de Chile y el 12 de mayo de 199 por la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado. Se espera el análisis de la Comisión de Hacienda del Senado (último paso para ser ratificados por el Gobierno chileno y entre en vigor el Tratado).

Tratado de Libre Comercio del Grupo de los Tres (México, Colombia

y Venezuela)

Se firmó el 13 de junio de 1994 y entró en vigor el 1° de enero de 1995. El TLC G-3 va más allá de las disposiciones arancelarias y trata temas como la propiedad intelectual, los servicios, las compras gubernamentales, inversiones, normas técnicas, medidas fito-zoosanitarias, salvaguardias y prácticas desleales de comercio internacional, entre otros. El TLC G-3 considera la total eliminación de los aranceles en un plazo de 10 años, mediante la aplicación de un programa automático y progresivo de desgravaciones arancelarias de 10% cada año. México y Venezuela acordaron acelerar a partir del 1° de julio de 1997 la desgravación arancelaria, de manera recíproca, para el plomo refinado; aleaciones de plomo; zinc y sus aleaciones; partes de máquinas para lavar ropa; óxido de magnesio; magnesia electrofundida y sulfato de disodio.

Tratado de Libre Comercio México - Bolivia

Se suscribió el 10 de septiembre de 1994 y entró en vigor el 1° de enero de 1995. A partir de esa fecha quedaron libres de arancel el 97% de las exportaciones mexicanas a Bolivia, mientras que México liberó el 99% de las importaciones provenientes de Bolivia. El resto de los productos se desgravará en un plazo máximo de 12 años, partiendo de una arancel máximo de 10%. Además del petróleo y sus derivados, se excluyeron del Tratado carne de bovino, porcino en canal y productos avícolas, leche en polvo y azúcar.

La Comisión Administradora del Tratado ha celebrado tres reuniones: la primera en la Ciudad de México, en noviembre de 1995, la segunda en La Paz, en mayo de 1997, y la tercera en la Ciudad de México, en diciembre de 1998.

En la segunda reunión, Bolivia planteó la conveniencia de acelerar el período de desgravación arancelaria. Al respecto, a partir del 1° de marzo de 1998 entró en vigor el arancel cero en el comercio entre ambos países para diversos productos de interés de México, tales como productos químicos, manufacturas de plástico, productos textiles y sellos galvanizados.

Tratado de Libre Comercio México - Costa Rica

Entró en vigor el 1° de enero de 1995 y abarca un ámbito más amplio que el comercio de bienes, extendiéndose a temas como servicios, inversiones, propiedad intelectual y compras gubernamentales.

El TLC considera la instrumentación de un programa de desgravación arancelaria en tres etapas: inmediata, a 5 años y a 10 años. Desde el día de entrada en vigor del Tratado el 70% de las exportaciones de México a Costa Rica está libre de arancel, el 20% se desgravará en 5 años y el 10% restante en 10 años. Por su parte, el 75% de las exportaciones de Costa Rica a México goza de acceso inmediato sin pago de aranceles a partir de la entrada en vigor del Tratado, el 15% se desgravará en cinco años y el 10% restante en diez años. Ambos países acordaron excepciones a este esquema de desgravación en sectores sensibles como el agropecuario, el textil y el automotriz.

Actualmente autoridades de ambos países se encuentran negociando los términos para la actualización del texto del Tratado. Entre los puntos más importantes de la negociación se encuentra el de la desgravación arancelaria de aproximadamente 236 productos, de los cuales cerca del 80% son propuestas mexicanas y el 20% restante costarricenses.

 Tratado de Libre Comercio México - Nicaragua 

Fue suscrito el 18 de diciembre de 1997 durante la Visita del Presidente Ernesto Zedillo a Nicaragua y se encuentra vigente desde el 1° de julio de 1998.

Este Tratado contempla la instrumentación de un programa de desgravación arancelaria en tres etapas: inmediata, a 5 años y a 10 años. Además de lo anterior, para ciertos productos sensibles de Nicaragua se concedió un plazo excepcional de desgravación de 15 años. De acuerdo con este programa de desgravación, el 77% de las exportaciones de Nicaragua a México quedó libre de aranceles de manera inmediata, el 3% se desgravará en 5 años, el 6% en 10 años y el 14% restante en 15 años. Por su parte, el 45% de la exportaciones de México a Nicaragua quedó libre de arancel de inmediato, el 33% se desgravará en 5 años, el 19% en 10 años y el 1% quedó excluido. Así, casi el 80% de nuestras exportaciones a Nicaragua quedará liberalizada a más tardar en 5 años.

A nivel de productos quedaron excluidos plátano y café del Tratado. En cuanto al azúcar, en caso de que México tuviese un déficit probado en su producción, autorizará a Nicaragua a exportar hasta el 20% de ese déficit durante 4 años. Asimismo, México estableció aranceles cupo de importación (es decir, una determinada cantidad de bienes importados libre de arancel) para la leche en polvo, frijol, carne de bovino y quesos frescos.

Tratado de Libre Comercio México - Triángulo del Norte

(El Salvador, Guatemala y Honduras)

El 10 de mayo del 2000 los Ministros de Comercio de México y del Triángulo del Norte de Centroamérica concluyeron satisfactoriamente la negociación del Tratado de Libre Comercio, que fue suscrito en la Ciudad de México el 29 de junio del 2000.

El Tratado de Libre Comercio entre México y el Triángulo Norte incluye los siguientes temas: acceso a mercados, comercio agropecuario, normas sanitarias y fitosanitarias, reglas de origen, procedimientos aduaneros, salvaguardas, prácticas desleales, comercio de servicios, inversiones y pagos relacionados, medidas relativas a normalización, propiedad intelectual y solución de controversias.

En relación con el capítulo relativo a Compras Gubernamentales se firmó una carta compromiso para que las negociaciones tendientes a su inclusión en el texto del TLC se lleven a cabo en dos años.

Es importante destacar que como resultado de las negociaciones, al momento de su entrada en vigor alrededor del 50% de las exportaciones mexicanas al Triángulo Norte quedarán libres de aranceles. Asimismo, se establecen condiciones para que el sector productivo de los países centroamericanos pueda ajustarse paulatinamente a la apertura.

Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN)

El 1 de enero de 1994 entró el vigor el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), entre México, Estados Unidos y Canadá.

El TLCAN es un conjunto de reglas para fomentar el intercambio comercial y los flujos de inversión entre los tres países, mediante la eliminación paulatina de los aranceles o impuestos que pagan los productos para entrar a otro país; el establecimiento de normas que deben de ser respetadas por los productores de los tres países, y los mecanismos para resolver las diferencias que puedan surgir.

El TLCAN tiene los siguientes objetivos:

Integrar una región en donde el comercio de bienes y servicios y las corrientes de inversión sea más intenso, expedito y ordenado para beneficio de los consumidores e inversionistas de la región.

• Eliminar barreras al comercio de bienes y servicios y auspiciar condiciones para una competencia justa.

• Incrementar las oportunidades de inversión.

• Proteger la propiedad intelectual.

• Establecer procedimientos efectivos para la aplicación del Tratado y la solución de controversias.

• Fomentar la cooperación trilateral, regional y multilateral.

Tratado de Libre Comercio con la Unión Europea

El Tratado de Libre Comercio negociado con la Unión Europea, tiene un contenido

similar a los demás tratados de libre comercio que México ha celebrado. Sin embargo, su

estructura es diferente debido al ámbito de competencias existente en la Unión Europea.

Tratado de Libre Comercio con Israel.

El Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno del Estado de Israel, DECIDIDOS a:

FORTALECER sus relaciones económicas y promover su desarrollo económico;

CREAR un mercado más extenso y seguro para los bienes producidos en sus territorios;

ESTABLECER reglas claras y de beneficio mutuo para su intercambio comercial;

CREAR un marco para la promoción de la inversión y cooperación;

ALENTAR el desarrollo de su comercio tomando en cuenta las condiciones favorables de

competencia;

REAFIRMAR el interés mutuo del Gobierno de Israel y el del Gobierno de los Estados Unidos

Mexicanos en el cumplimiento del sistema comercial multilateral reflejado en la OMC;

ESTABLECER una zona de libre comercio entre los dos países a través de la eliminación de

barreras comerciales;

CREAR nuevas oportunidades de empleo y mejorar los niveles de vida en sus respectivos

territorios;

DECLARAN estar preparados para explorar otras posibilidades para ampliar sus relaciones

económicas en otras materias que no abarque este Tratado.


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