Son los que se obtienen por concepto de sueldos y demás prestaciones derivadas de una relación laboral, e incluyen tiempo extra y prestaciones adicionales, indemnizaciones, jubilaciones, pensiones, seguro de retiro, gratificaciones, entre otras, excepto las remuneraciones a miembros de consejos directivos, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, así como los honorarios a administradores, comisarios y gerentes generales.
Cálculo del impuesto sobre la renta: Al ingreso obtenido en el año se le aplicarán las tasas siguientes: • No se pagará el impuesto por los primeros $125,900.00 • La tasa de 15%, cuando los ingresos sean más de $125,900.00 hasta un millón de pesos • La tasa de 30%, cuando los ingresos percibidos excedan de un millón de pesos
Forma en que se debe pagar el impuesto
El patrón o la persona que efectúe pagos por salarios está obligado a retener el impuesto sobre la renta.
Si no se efectúa retención, el contribuyente que obtenga los ingresos calculará y pagará el impuesto mediante declaración que presentará dentro de los 15 días siguientes a la obtención del ingreso.