1. Ingreso.
Diversos Conceptos de Ingreso.
Ingreso.- Cualquier partida u operación que afecte los resultados de una empresa aumentando las utilidades o disminuyendo las pérdidas. No debe utilizarse como sinónimo de entradas en efectivo, ya que éstas se refieren exclusivamente al dinero en efectivo o su equivalente que se recibe en una empresa sin que se afecten sus resultados. Puede haber entrada sin ingreso, como cuando se consigue un préstamo bancario. En tal caso se está recibiendo pasivo y los resultados no se afectan. Puede haber ingreso sin entrada, como en el caso de una venta a crédito, en donde no se ha recibido aún dinero y consecuentemente sólo se afectan los resultados con el abono a Ventas sin tener entradas, ya que no se ha recibido aún ninguna cantidad. Finalmente, pueden coexistir las entradas con los ingresos como en el caso de una venta al contado. El cargo a Bancos registra
Ingreso Acumulable.- Aquel que debe adicionarse a otros para causar un impuesto, como ejemplo se puede mencionar el que si una empresa obtiene un ingreso por la venta de los productos que fabrica y por la renta de una parte de sus inmuebles, ambos ingresos deben acumularse para que, ya consolidados, causen el impuesto correspondiente.
Ingreso Bruto.- Aquel que no considera disminuciones por ningún concepto; Ingreso Total.
Ingreso Corriente.- Aquel que proviene de fuentes normales, estables o propias del giro de una entidad.
Ingresos Exceptuados.- Aquellos que, por disposición de la ley del Impuesto Sobre la Renta, no deben gravarse aún cuando provengan de situaciones que la propia ley señala como hechos generadores de un crédito fiscal; como ejemplo se pueden señalar los que provengan de contratos de arrendamiento prorrogados por disposición de la ley (rentas congeladas) aún cuando los ingresos por arrendamiento sí están gravados.
Ingresos Exentos.- Aquellos que perciben algunos causantes específicamente mencionados en una ley y que no deben pagar el impuesto a que la misma ley se refiere.
Ingreso Global Gravable.- Cantidad neta sobre la que las empresas causan el impuesto sobre la renta
Ingreso Gravado.- Aquel que sí genera el pago de impuesto, a diferencia del ingreso exento.
Ingreso Marginal.- Aquel que se obtiene con relación a una cantidad adicional a las presupuestadas.
Ingreso Semi-Gravado.- Aquel que genera el pago del impuesto, pero en proporción menor a la generalidad.
La Ley del Impuesto Sobre la Renta del 18 de marzo de 1925
Esta ley fue la que por primera vez se llamó “Ley del Impuesto sobre la Renta”. Rigió 16 años durante los cuales sufrió varias modificaciones para adecuarse al crecimiento económico de México. Definió lo que debía entenderse por ingreso y por primera vez se le dio consideraicón al ingreso en crédito; sin embargo se establecía que solo procedía tomarlo en consideración cuando no existiera obligación de restituir su importe, requisito que más tarde desapareció porque era una redundancia que únicamente sirvió para evadir el oportuno cumplimiento de la Ley.
El Ingreso según la L.I.S.R.
El objeto de la L.I.S.R. es “gravar los ingresos”, no “las utilidades” situación que se advierte con toda nitidez en el art.1 de la L.I.S.R.. Por ejemplo, el artículo mencionado a la letra dice:
Las personas físicas y las morales están obligadas al pago del Impuesto sobre la Renta en los siguientes casos:
I. Las residentes en México respecto de todos sus ingresos cualquiera que sea la ubicaicón de la fuente de riqueza de donde procedan […].
En este precepto aparecen dos elementos esenciales en la norma: los sujetos de la contribución y el objeto de la misma. En cuanto al segundo, aparece que la obligación consiste en pagar el I.S.R. respecto de todos “los ingresos”, lo que significa, implícitamente, que la norma, en principio, no incluye la posibilidad de que se efectúen deducciones; el deber de los sujetos del impuesto, consiste en pagar una contribución sobre “la totalidad de los ingresos que obtengan”. Sin embargo, otra norma de carácter permisivo que se contiene en la L.S.I.R. “les permite” que de los ingresos, deduzcan ciertos gastos en que hubieren incurrido. Al respecto establece lo siguiente el art. 22-III de la L.I.S.R.:
Los contribuyentes podrán efectuar las deducciones siguientes:
[…]
III. Los gastos.
[…]
Esto significa que los sujetos del I.S.R. tienen derecho a efectar esas deducciones o dejarlas de hacer; los contribuyentes son llibres de ejercer el permiso o no ejercerlo, sin que cualquiera de las dos conductas devenga violatoria de la norma, y que está en presencia de la conduta potestativa.
2. El Ingreso como Objeto del Impuesto
A partir de 1981, año en que entró en vigor la Ley del Impuesto Sobre la Renta, se encuentran gravados todos los ingresos que obtengan las personas jurídicas, las que en el orden jurídico mexicano se clasifican y distinguen como personas físicas y personas morales. Esto significa que son objeto de la L.S.R. tanto los ingresos de naturaleza civil como los provenientes de actividades comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, silvícolas o de pesca, así como lo denominados ingresos de derecho público, como es el caso de los estímulos fiscales. Esto deriva de que el art. 1-I de la L.I.S.R. dispone que:
Las personas físicas y las morales están obligadas al pago del Impuesto sobre la Renta en los siguientes casos: Las residentes en México respecto de todos sus ingresos cualquiera que sea la ubicacion de la fuente de riqueza de donde procedan.
¿Concepto de Ingreso en la L.I.S.R ?
En la L.I.S.R. no se contiene una definición del término “ingreso” no obstante que constituye el objeto de la Ley. Por otra parte, no hay ordenamiento en el orden jurídico mexicano en el que se indique qué debe entenderse por este concepto o señale sus atributos. sin embargo tampoco eciste un ordenamiento que disponga qué es una garantía individual o que la defina.
Hay quienes opinan que sólo puede constituir ingreso lo que la Ley establezca que lo es. Quienes sostienen esta opinión tendrían que aceptar, entonces, que los préstamos que las personas obtienen constituirían un ingreso -gravable en consecuencia- si la L.I.S.R. así lo prescribiera Enrique Calvo Nicolau difiere de esta posible conclusión, porque es preciso conocer primero qué es un ingreso para poder así determinar si un préstamo lo es o no. Para ello, la respuesta se debe encontrar en el propio orden jurídico.
a) Falta de Definición Legal
Ante la situación descrita de que en la L.I.S.R. no se contiene una definición del término ingreso, cabe preguntarse si tal circunstancia es suficiente para determinar que la Ley desatiende el principio de legalidad al no permitir conocer cuál es el objeto del impuesto; el autor Enrique Calvo Nicolau, opina que el término “ingreso” no requiere de defeinición en la Ley, y que la circunstancia de no tenerla no debe conducir a conluir que ésta carece de objeto de gravamen.
Opinión del Lic. Fernando Alejandro Vázquez Pando.
El autor Fernando Alejandro Vázquez Pando opina de forma diferente a Calvo Nicolau ya que al analizar el art.1 de la L.I.S.R. sostuvo que en ella se viola el principio de legalidad al no tener una definición del término ingreso. Su opinión la expresó en los siguientes términos: …Aunque la finalidad de este estudio aconseja comentar por separado cada uno de los arículos, en el caso del Título I de la ley es necesario empezar por hacer resaltar una omisión de gravedad tal que deja sin contenido a la casi totalidad del ordenamiento y la cual por lo mismo, no sería detectable ajustándose a un método de comentario artículo por artículo.
La omisión es la falta de una definición legal del ingreso, ya que este no es definido por disosición alguna, y aunque tal definición pudiera considerarse innecesaria para los efectos de los Títulos IIIV y V por el método casuístico de éstos, es sin duda una falla de gran trascendencia para los efectos de los demás Títulos, e incluso para los dos mencionados.
Por ello, antes de abordas el análisis de los artículos que conforman el Título I, debe abordarse el concepto de ingreso.
…El análisis de la L.I.S.R. lleva a la conclusión de que el presupuesto objetivo del impuesto sobre la renta es la obtención del ingreso, a pesar de lo cual el ordenamiento en ningún caso define al ingreso, lo cual resulta claramente violatorio del principio de legalidad que , por mandato constitucional, debe presidir al derecho tributario.
“El impuesto sobre la renta grava los ingresos en efectivo, en especie o en crédito, que modifiquen el patrimonio del contribuyente, provenientes del producto o rendimientos del capital del trabajo o de la combinación de ambos, o de otras situaciones jurídicas o de hecho que esta ley señala. En los preceptos d esta ley se determina el ingreso gravable en cada caso.”
Opinión del Lic. Enrique Calvo Nicolau.
Desde el punto de vista del autor Enrique Calvo Nicoalu, el “ingreso” lo enfoca en cuanto a que: “..toda cantidad que modifique de manera positiva el haber patrimonial de una persona constituye un ingreso. Por ello, no obstante que la L.I.S.R. no contenga la definición del término “ingreso”, en ella no hay irregularidad-doctrinal respecto de la norma superior que determina su creación, o sea el art. 31 fracción IV constitucional que refiere el principio de legalidad.
Opinión de Nicholas Kaldor.
El autor Nicolas Kaldor, deduce que la definición ideal de ingreso, como una medida de capacidad gravable, no debe concebirse como consumo más acumulación real de capital, ni como consumo más acumulación de capital excluyendolas ganancias inesperadas (contabilidad ideal) sino como consumo más acumulación efectiva de capital, donde el término acumulación efectiva de capital es la acumulación real de capital, sujeta a una doble serie de reacciones; primero, por el cambio en el nivel general de precios (de los bienes de consumo) y segundo, por el cambio en el nivel general de las tasas de interés.
Competencias Digitales (Tic’s Basicas) a practicar con este TEMA:
- Usar (click en )www.Google.com para buscar y localizar UN material academico apropiado y que se pueda recomendar para el tema, ver VIDEO BUSQUEDAS abajo en esta pagina.
- En el post ( o tema ) apropiado en el Libro de Blogger, pegar el material localizado y que se recomienda para este tema, ver VIDEO BLOGGER abajo en esta pagina.
pd: Recordar incluir la fuente del tema usando el formato de citacion apropiado, ver VIDEO WIKIPEDIA abajo en esta pagina.
- En el editor de Blogger usar colores para destacar los parrafos mas importantes y usar subrayados para las citas mas relevantes.
- En el post ( o tema ) apropiado en el libro en Blogger, para incluir ecuaciones o notacion matematica se debera usar el icono del editor de Blogger IMAGE y construir esta notacion matematica con imagenes Latex, ver VIDEO LATEX ABAJO.
- Construir al final y despues de la fuente del material, un breve resumen ( no mas de 2–3 parrafos) explicando palabras propias el contenido del tema.
pd: Se pueden usar alguna de las citas que encontradas dentro del tema, solo recordar encerrarla entre comillas.
pd: Se pueden usar tambien cambios en fonts para darle mas visibilidad, consistencia y relevancia al resumen del tema.
- PUNTOS EXTRAS Si se usa una segunda fuente valiosa de informacion y recordar encadenar los dos materiales mediante uno o dos parrafos apropiados.
- Enviar a el maestro o compañeros un correo electronico que incluya la liga a el tema en blogger para revision, recomendacion, sugerencias y evaluacion, ver VIDEO LIGAS GMAIL abajo.
- Sacar una cuenta (click en)http://docs.google.com, usando el correo de Gmail y tratar de conseguir el mismo usuario que se construyo en Gmail y Blogger ver VIDEO GOOGLE DOCS abajo en esta pagina.
pd: Si ya se tiene una cuenta ignorar esta competencia digital.
pd: Google Docs es el equivalente a OFFICE pero con la caracteristica que todos sus componentes ( procesador de palabras, presentacion electronica y hoja de calculo) estan completamente en internet, es decir todos los archivos o material estaran en linea, seguros y siempre disponibles, ademas de que se pueden trabajarlos desde cualquier pc, ya sea la personal, la del laboratorio de la escuela o la de un lugar publico como la biblioteca o un cafe internet.
- Construir una Presentacion Electronica ( usando muy pocos slides) del tema en GOOGLE DOCS e incrustrarla en el tema de bloger ver VIDEO GOOGLE DOCS en esta pagina abajo.
pd: Recordar que una presentacion electronica, es solamente un resumen muy condensado del tema ( o mapa o guia mental ), que ayuda a recordar los elementos y conceptos mas basicos del tema, cuando se estan exponiendo frente a un grupo.
pd: No olvidar incluir un primer slide con el titulo de la presentacion electronica, un segundo slide con un indice de la presentacion electronica y un ultimo slide con dos o tres parrafos de conclusiones y bibliografia.
- Buscar en Google Imagenes o www.Flickr.com o www.PhotoBucket.com una galeria de fotos o de imagenes apropiadas al tema actual,
- Para los casos de Photobucket y Flicker, ambos sitios proporcionan ligas a sus imagenes y tambien objetos (los recuerdan??), que se pueden incluir en el tema del libro apropiado en Blogger.
pd: para estos sitios deberan obtener una cuenta usando el correo de gmail y de preferencia obtener el mismo usario que se ha venido manejando a lo largo del curso.
pd: Tratar de usar resoluciones y tamaños de imagenes chicos o medianos, recordar que todo este material termina en el post del tema en Blogger y esa pagina no tiene mucho espacio para desplegar fotos o imagenes.
pd: El formato apropiado para fotos o imagenes es JPG, tratar de no usar otros formatos.
pd: Se puede construir y conseguir esta coleccion o galeria de imagenes con:
1) Usando Google Imagenes, recordar conseguir solo imagenes que tengan permiso de publicacion abierto, no usar imagenes o fotos que tengan derechos reservados.
pd: Estas fotos almacenarlas en un folder en el desktop o escritorio de su computadora y subirlas a el post en blogger usando el icono IMAGE del editor de Blogger.
2) Flickr y Photo Bucket tambien tienen una gran cantidad de imagenes que se pueden usar o mejor dicho enlazar a el tema o post en Blogger.
3) Tambien se puede usar la camaras digitales o las camaras de sus telefonos celulares.
4) Tambien se puede usar el programa o aplicacion llamado Srip32.exe( solo buscar srip32 en google) bajarlo e instalarlo, este programa permite capturar una pantalla de la pc, es decir si se encuentra un sitio con imagenes o incluso texto apropiado o relevante al tema, capturar la pantalla con srip32 y ya se tendra la imagen, ver VIDEO Srip32 abajo.
- Incluir al menos una imagen de cada uno de los dos sitios (flickr y Photobucket) en el tema o post que se esta construyendo en Blogger.
- PUNTOS EXTRAS Si se incluyen una galeria completa de imagenes apropiadas desde cualquiera de estos sitios de FLICKR o Photobucket.
- Sacar una cuenta (click en)www.DivShare.com, usando el correo de Gmail y tratar de conseguir el mismo usuario que se consiguio en Gmail y Blogger y Flickr ver VIDEO DIVSHARE abajo en esta pagina.
pd: Si ya se tiene una cuenta ignorar esta competencia digital.
pd: Usar Divshare para almacenar material en audio (MP3) apropiado a el tema ( no usarlo para almacenar material comercial o les suspenden la cuenta)
pd: El material en Audio, con formato MP3 se debera producir usando un microfono en la pc y programas de aplicacion apropiados, llamados editores de audio, un ejemplo de ellos es el SOUND RECORDER que ya viene en Windows, pero se recomienda usar mejor AUDACITY ( solo buscar en google AUDACITY) bajarlo e instalarlo, ver VIDEO AUDACITY abajo.
- Crear al menos dos archivos de audio mp3:
1) El primero de ellos sera la lectura completa de este tema en voz apropiada. ( o aprender a editar con audacity la voz)
2) El segundo de ellos sera un resumen del tema. ( buena voz o editarla con audacity)
3) Ambos archivos subirlos a Div Share (recordor que tienen que ser MP3) y el reproductor que proporciona gratis Div Share, ver VIDEO DIVSHARE abajo e insertarlo en el lugar apropiado del tema que se esta construyendo en Blogger.
4) Ejemplo del reproductor incrustado en una pagina:
- Sacar una cuenta (click en)www.YouTube.com, usando el correo de Gmail y tratar de conseguir el mismo usuario que se consiguio en Gmail y Blogger y Flickr.
pd: Si ya se tiene una cuenta ignorar esta competencia digital.
- Para producir video se pueden usar tres fuentes:
1) Localizar Videos apropiados en Youtube.
2) Usar nuestras camaras digitales o nuestros telefonos celulares para producir video.
3) Producir un video de la propia pantalla de la computadora ( muy similar a lo que se hizo con Srip32) pero usando un programa especializado en video, tal como CAMSTUDIO (click en www.CamStudio.org) bajar e instalar ( no olvidar bajar e instalar el CODEC que esta abajo en el mismo sitio.
3.1) para Usar Camstudio solo recordar que es muy similar a Srip32 Solo que el resultado final es un archivo de video AVI.
- Producir un video de resumen del tema (usar camstudio con el fondo de la pagina con el tema e irlo comentando en voz apropiada)
- Producir un video en vivo con la exposicion del tema ( pueden usar la presentacion electronica de fondo o cualquier otro material, pizarron, filminas, rotafolios, etc.)
- Subir los videos a su cuenta en Youtube e incluirlos o ligarlos en la pagina en Blogger, tambien los pueden subir directamente a BLOGGER ver VIDEO BLOGGER VIDEO abajo.
Saludos y suerte prof Lauro Soto, Ensenada, BC, Mexico.