El origen histórico de la seguridad social mexicana se encuentra en los movimientos y luchas sociales observadas desde el porfiriato (1877–1910), así como durante la Revolución Mexicana (1910–1917), en la que murieron más de un millón de mexicanos.

Como parte de esta amplia movilización social y política, grupos de intelectuales, entre ellos el encabezado por Ricardo Flores Magón, dieron origen al programa del Partido Liberal Mexicano en 1906; ese mismo año, estalló la histórica huelga en la Mina de Cananea, Sonora y, al año siguiente, la poderosa huelga y rebelión de Río Blanco, Veracruz. La fuerza de estas luchas se encontraba en sus demandas básicas: jornada laboral de 8 horas, establecimiento de salario mínimo, indemnizaciones por accidentes laborales, otorgamiento de pensiones, descanso dominical obligatorio, abolición de las tiendas de raya, entre las más sustanciales. Todas ellas, demandas sencillas, convocaron y pueden convocar a desarrollar amplios movimientos sociales.

La demandas de los grupos indicados, más las demandas de los intelectuales y empresarios nacionalistas, constituyeron los principios fundamentales de la Revolución Mexicana y llegaron a establecerse en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, expedida por el Congreso Constituyente en 1917.

Las propuestas económicas, sociales, políticas e ideológicas de los trabajadores se expresaron, particularmente, en el artículo 123, estableciéndose los principales derechos y obligaciones de los trabajadores, incluidos los referentes a la seguridad social, enunciados en la fracción XXIX.

El contenido original de los artículos 27 y 123 es la expresión más genuina de los sentimientos de justicia social que reclamaba la sociedad mexicana, compuesta en su mayor parte por trabajadores y campesinos. Los antecedentes del derecho mexicano del trabajo, donde se incluye la seguridad social, se fueron expresando en distintos momentos de nuestra historia: • En el programa del Partido Liberal Mexicano, formulado y difundido en julio de 1906, destaca el capítulo llamado Capital y Trabajo. • En noviembre de 1906, el general Bernardo Reyes, gobernador de Nuevo León, promulgó la Ley de Accidentes del Trabajo para su entidad. • Aparecen también en el Manifiesto Político del Partido Democrático, en 1909, lidereado por Benito Juárez Maza, hijo de Benito Juárez. • Los derechos del trabajo también se encuentran en el libro “La sucesión presidencial de México”, escrito por Francisco I. Madero en 1908 quien, además, en abril de 1910, se comprometió a presentar iniciativas de ley para pensionar a los obreros mutilados en el trabajo -en las minas o en la industria- y a los familiares de los trabajadores, en caso de perder la vida. • En diciembre de 1911, Madero, ya como presidente de la república, formuló bases generales para una legislación obrera nacional, donde también se contemplaba la seguridad social. • El primer proyecto de Ley del Trabajo fue formulado por varios diputados en 1913. En este documento se estableció un capitulo referente a la seguridad social. Sin embargo, los acontecimientos armados de la Revolución Mexicana no permitieron la discusión y aprobación del proyecto. • En 1917, los asuntos de la seguridad social fueron incluidos en la Constitución Política bajo el principio de la justicia social, no por azar, sino como resultado de las conquistas de la revolución misma. En la Fracción XXIX del artículo 123 se expresó claramente: “Se considera de Utilidad Social el establecimiento de cajas de seguro populares, de invalidez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de accidentes y de otros fines análogos, por lo cual, tanto el gobierno federal como el de cada estado deben fomentar la organización de instituciones de esta índole para infundir e inculcar la previsión social”. Con esta sencilla y elocuente redacción se estableció un principio fundamental del derecho del trabajo en México, un eje político fundamental para organizar a la sociedad y al Estado y echar a caminar un nuevo régimen político, a partir de regular las relaciones entre trabajadores y patrones y entre trabajadores y Estado.

En este contexto, es pertinente indicar cómo fueron introduciéndose los derechos del trabajo en la sociedad y el país: • En agosto de 1925, se creó la Dirección General de Pensiones Civiles y de Retiro. • En septiembre de 1929, se modificó la fracción XXIX del artículo 123, en el siguiente sentido: “Se considera de Utilidad Pública la expedición de la Ley del Seguro Social, que comprenderá seguros de invalidez, de vida, de cesantía involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes y otras con fines análogos”. Con esta reforma constitucional se dio al Seguro Social la categoría de derecho público obligatorio y se sentaron las bases para formular la Ley del Seguro Social. • En 1931, se expidió la Ley Federal del Trabajo. • En enero de 1932, el Congreso de la Unión otorgó facultades al Poder Ejecutivo federal para expedir la Ley del Seguro Social. Sin embargo, los acontecimientos políticos impidieron la emisión de esta ley durante varios años. • Durante los gobiernos de Abelardo L. Rodríguez y de Lázaro Cárdenas se formaron comisiones para formular un anteproyecto de Ley del Seguro Social, pero, nuevamente, las circunstancias políticas no permitieron consolidar el proyecto. • Finalmente, el 19 de enero de 1943, se promulgó la Ley del Seguro Social, en la que se reafirmó que el seguro social es un servicio público nacional con carácter obligatorio, y se construyeron instituciones como el IMSS y el ISSSTE. Pasaron 25 años, desde 1917, y 13 años, desde 1929, para echar a caminar la primera institución. Ignacio García Téllez fue el primer director del IMSS; él había participado en la elaboración del anteproyecto y tenía muy claro el sentido de la seguridad social. Cuando distintos sectores patronales se oponían a aceptar el esquema solidario, en una carta al presidente Manuel Ávila Camacho expresó: “No puede descansar su estabilidad en desnutridos, analfabetos, familias que viven en la promiscuidad, madres campesinas agotadas; no hay efectiva justicia social sin paz en los estómagos, en los cerebros y en la vida de los marginados… Mientras haya hambre en el pueblo y mientras haya sectores marginados no podrá haber salud ni avance… No podemos estructurar un régimen nacional estable si el mejoramiento social se funda en minorías privilegiadas y no se amplia el bienestar colectivo del pueblo, pues sin justicia social no hay verdadera democracia; la verdadera seguridad social está en que nos sintamos, todos, parte de una unidad y que los que más tienen aporten sus recursos para los que menos o nada tienen”.

Tomando como base los antecedentes indicados y las palabras del primer director del IMSS, puede desprenderse que los actuales directores de esta institución y del ISSSTE, de la Secretaría de Salud y demás instituciones similares, están bastante alejados de los principios y la ideología de la Revolución Mexicana, la Constitución Política y el pensamiento de todos los individuos y grupos que promovieron la seguridad social.

En 1943, surgió el Sindicato Nacional de Trabajadores del IMSS. En 1947, la dirección general de pensiones amplió los seguros de vejez, invalidez, muerte, orfandad, viudez y se redujo la edad para recibir las pensiones a partir de los 55 años. En 1959, se promulgó la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. En enero de 1960, surgió el ISSSTE como un sistema específico de seguridad social para los trabajadores del Estado. En el mismo año fue fundado el Sindicato Nacional de Trabajadores del ISSSTE.

Desde aquél momento, el ISSSTE (Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado) y el IMSS se convirtieron en las dos instituciones fundamentales de la seguridad social en México. Su presencia y actividad contribuyeron enormemente al desarrollo económico del país y, sobre todo, a mantener la estabilidad social y política de México. Sería imposible entender la época del “desarrollo estabilizador”, sin la participación decidida de las instituciones de seguridad social y sin la participación de las agrupaciones sindicales como son el propio SNTISSSTE, el SNTIMSS, la FSTSE (Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado), la CTM (Confederación de Trabajadores de México) y el CT (Congreso del Trabajo). Pese a todos sus defectos, constituyeron factores centrales para la estabilidad social y política de México.

PERIODOS HISTÓRICOS La seguridad social en México no es una cosa menor; es, sobre todo, un principio político, económico, ideológico y hasta ético. No es idea de algún político iluminado. Surgió y se desarrolló como un mecanismo para aminorar la inequitativa distribución de la riqueza, establecido en la Constitución Política de México. La seguridad social fue resultado de la llamada alianza histórica del movimiento obrero con el Estado mexicano durante el cardenismo y que, más allá de frases, logró incorporarse a la vida política, estableciendo que: • El Estado mexicano otorgaba protección y prestaciones sociales a los trabajadores. • El Estado promovía la industrialización y la expansión del sector público. • Junto con el proceso económico, se promovía el empleo estable. • Las prestaciones sociales se pactarían en los contratos colectivos. • Las pensiones y jubilaciones son una parte central de los contratos. • La seguridad social ha contribuido a mantener un Estado fuerte, así como a atraer inversión nacional e internacional. • La seguridad social es un gran factor de cohesión social y política. • La seguridad social es un pilar fundamental de la política del Estado y de la sociedad mexicana. • Desde 1983, el Estado mexicano fue rompiendo la alianza que tenía con el movimiento obrero organizado y con los trabajadores mexicanos. El fin de esta alianza se observó a lo largo de dos decenios de manera muy puntual: • Disminuyó drásticamente el empleo formal en el sector privado y público. • Los salarios reales disminuyeron hasta colocar a México como uno de los países con más bajos salarios en el mundo. • Las prestaciones sociales han ido disminuyendo a través de múltiples mecanismos jurídicos y políticos. • El sistema de pensiones comenzó a cambiar en el IMSS, desde 1995 y, existe la pretensión de hacer lo mismo en el ISSSTE, bajo el argumento de que “no hay fondos para el pago de pensiones”. • Los proyectos para una nueva Ley Federal del Trabajo, que pretenden flexibilizar el trabajo, se han formulado desde 1989, pero hasta ahora no han podido implantarse. • Los sindicatos del sector público han sido fuertemente presionados para debilitar sus direcciones y estructura sindical. Las tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sobre la asociación sindical de los organismos descentralizados y la sindicalización única, atentan contra la estructura del sindicalismo de los servidores públicos.

El régimen político y las direcciones patronales han debilitado sistemáticamente los contratos colectivos, la estructura sindical y las direcciones del sindicalismo, en todos los sectores, lo que demuestra un debilitamiento de la cohesión social y política que no es resultado de un problema de mercado o de “caja”. Al presionar sobre la vida sindical y el marco jurídico laboral, el Estado mexicano está debilitándose a si mismo. El régimen político ha resentido estos cambios y ya no tiene la fuerza política de decenios pasados. No es casualidad que en el año 2000, el PRI haya perdido la presidencia, 10 gubernaturas y la mayoría en el Congreso.

Entre 1995 y 1997, el IMSS transitó de ser un sistema de seguridad social, con fondos colectivos administrados por el Estado, a un sistema de seguridad con fondos individuales administrados por bancos privados. En 2006, nuevamente se dijo que el IMSS está en quiebra. Parece que la reforma de 1995 no resolvió ningún problema, aunque si logró generar ganancias brutas a las administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) por más de 50 mil millones de pesos.

El gobierno de Fox, por el contrario, ha planteado que el ISSSTE ha incrementado las prestaciones de seguridad a los trabajadores del Estado y, como ejemplo, menciona las recientes reformas: pensiones por cesantía en edad avanzada, donde se establece en 100 por ciento la pensión indirecta (1983), reducción de 3 a 1 año la base de cálculo de la pensión (pensión mínima de un SMGDF) y jubilación de mujeres con 28 años de cotización (1986), eliminación de la cuota de 4 por ciento de pensionistas para el fondo médico (1996), posibilidad de que las trabajadoras pueden registrar a su pareja (2000) y aumento en las pensiones en proporción a la inflación o incremento salarial (2001).

Estas reformas impiden al ISSSTE sostener el pago de las pensiones. Han declarado la quiebra del ISSSTE, así que hay que modificar el sistema, estableciendo uno similar al del IMSS, aun sabiendo que en el IMSS no se resolvió el problema de los fondos de retiro. De lo anterior, surgen algunas preguntas ¿La seguridad social es una política de Estado o es una “carga financiera”? ¿Es un problema público y económico global o es un problema local aislado? ¿Es un problema de liquidez de “caja” o es un problema estructural? ¿La política de seguridad social está en proceso de desarticulación, modernización o reestructuración? ¿A quien favorece la actual política?

La experiencia reciente (1997–2004) muestra que la seguridad social administrada de manera privada, favorece principalmente las finanzas y la administración del Estado, al mercado de capitales, a las Afores y a los bancos, pero no a los trabajadores.Seguridad Social:Su Evolución Histórica Por: Rodolfo Romero

 SEGURIDAD SOCIAL.

La Seguridad Social es una parte importante de las Ciencias Sociales. Y como se afirma con frecuencia, que “para conocer una ciencia es preciso conocer su historia”, presentamos algunos elementos claves de la evolución de esta disciplina que hoy concita la atención de los políticos, de los financistas, de los estudiosos, de los trabajadores y de la población en general.  Las formas primitivas de la seguridad aparecen en Judea, Egipto, Cartago, Fenicia y otros pueblos de la antigüedad.  Se recuerda las anécdotas del tiempo de las vacas gordas y de las vacas flacas y la necesidad de tener una reserva de los granos recolectados para los tiempos de escasez.  Muchas de las cofradías religiosas operaron a lo largo de la historia como verdaderos mecanismos de seguridad social para las poblaciones desprotegidas.  La revolución industrial cambia radicalmente los mecanismos de apoyo a las poblaciones necesitadas y sometidas a riesgo. La lucha del movimiento obrero incorporó rápidamente como una de sus reivindicaciones claves la seguridad social contra las enfermedades, los accidentes de trabajo y el desempleo. Las mutuales y las sociedades de beneficencia fueron surgiendo en varios países de Europa. Inicio ________________________________________ 1819 En América Latina - Caribe, uno de los precursores de la Política de Seguridad Social como fundamento de la organización de la sociedad fue el Libertador Simón Bolívar, quien afirmó en su proclama: “El sistema de gobierno más perfecto es el que produce mayor suma de felicidad posible, mayor suma de Seguridad Social y mayor suma de estabilidad política”.

1883 Ante la presión sindical y política, en la naciente Alemania, Bismarck, el Canciller de Hierro instituye el primer régimen de seguridad social.

1889 Se creó el seguro de invalidez y vejez. Se aplicó inicialmente a las enfermedades y luego a los accidentes de trabajo. ? Beneficiaba a los asalariados y era obligatoria la afiliación. Se financiaba y administraba en forma tripartita: Estado, Trabajadores, empleadores. Desde su origen, la seguridad social nace con la impronta de la SOLIDARIDAD SOCIAL, beneficiando por igual al que aportaba más como a quien aportaba menos. Esta experiencia se fue extendiendo progresiva y paulatinamente a los demás países europeos. Inicio

1906

 	Los trabajadores franceses, en la Carta de Amiens, reivindican el derecho a la seguridad social.

1911

 	Inglaterra implanta el seguro de desempleo.

1917 La Revolución Mexicana tendrá luego una gran influencia en el desarrollo de un sistema de Seguridad Social, ya que se consagra ese derecho en el artículo 123 de la Constitución de 1917 aprobada en la ciudad de Querétaro. El artículo 123 se convirtió en la Carta de los Derechos de los Trabajadores. La misma Revolución rusa tiene también un gran impacto en este campo, ya que el Estado Soviético fue implantando políticas de seguridad social.

1919 Al culminar la primera guerra mundial, el nacimiento de la OIT a través de la Declaración XIII del Tratado de Versalles, significó la consolidación de políticas sociales para proteger a los trabajadores ante todo tipo de riesgo. La OIT es una gran autoridad internacional en materia de Seguridad Social. Desde su fundación ha destinado más de 20 Convenios y otras tantas recomendaciones sobre la materia. Cuenta con estudios, publicaciones y expertos que prestan asistencia técnica. Tiene un juicio crítico sobre la experiencia chilena. Es una fuente de consulta permanente

1927 Se constituye en Bélgica con los auspicios de la OIT la Asociación Internacional de la Seguridad Social (AISS).

1935 Se implanta en los Estados Unidos el primer sistema de Seguridad Social para la vejez, la supervivencia y el paro forzoso. A través de esta ley, la Social Segurity Act, es que adquiere definitivamente esta denominación. Se aplica realmente a partir de 1938.

1938 En Nueva Zelanda se implanta un sistema de Seguridad Social. Durante el desarrollo de la segunda guerra mundial.

1941

 	La Carta del Atlántico establece entre sus objetivos “el progreso económico y la seguridad social”

1942 En la Declaración de Santiago de Chile se estableció que: “cada país debe crear, mantener y acrecentar el valor intelectual, moral y físico de sus generaciones activas, preparar el camino a las generaciones venideras y sostener a las generaciones eliminadas de la vida productiva. Este es el sentido de la Seguridad Social: una economía auténtica y racional de los recursos y valores humanos” Esta declaración es hoy en día pisoteada por los neoliberales y por el mismo modelo chileno implantado por Pinochet.

1942 El inglés William Beveridge, desarrolla un plan integral de seguridad social que tiene fuerte repercusión en los demás países. Esto mismo determina que al término de la segunda guerra mundial comience a generalizarse la implantación de sistemas de Seguridad Social en todos los países.

1944 La Declaración de Filadelfia, que sustenta una Seguridad Social Integral, promueve inmediatamente la RECOMENDACIÓN número 67 de la OIT sobre “La Seguridad Social de los Medios de Vida” como componente esencial de la Seguridad Social Integral.

1948 La Declaración Universal de los Derechos del Hombre, en su artículo 22 consagra como un derecho esencial a la Seguridad Social estableciendo: “Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la Seguridad Social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad”.

1951

 	Aparece la Carta Social Europea donde se consagra la Seguridad Social como política fundamental.

1951 Se constituye la Organización Iberoamericana de la Seguridad Social que trabaja sobre un proyecto de Código Iberoamericano sobre Seguridad Social.

1952

 	La OIT en su Conferencia anual el 28 de junio de 1952, acuerda el Convenio 102.

1963 El 19 de marzo, se constituyó el Centro Interamericano de Estudios de Seguridad Social (CIESS) como órgano de Docencia y Capacitación de la Conferencia Interamericana de Seguridad Social (CISS).

Inicio

En la década del 80, coincidiendo con la implantación del pensamiento único neoliberal, se inició la OLA DE PRIVATIZACIÓN de la Seguridad Social, siendo su modelo latinoamericano la aplicada en Chile por Pinochet que hoy en día se sabe beneficia solamente a los aportantes de buenos ingresos. La voracidad del capital ha convertido en actividad comercial lucrativa la salud y la pensión de la población. El Movimiento de Trabajadores rechaza la mercantilización de la Seguridad Social y considera una confiscación de la propiedad privada el despojo de que son víctimas los trabajadores en sus ahorros para constituir los FONDOS DE ADMINISTRACIÓN DE PENSIONES. El modelo chileno se ha extendido en varios países de América Latina - Caribe, tomemos como ejemplos: 1993 En diciembre se promulga en Colombia la Ley 100 recreando el sistema de Seguridad Social, pero desmejorando los derechos y beneficios de los trabajadores.

1995 El 08 de diciembre se aprueba en México la Nueva Ley del Seguro Social (NLSS) que entró en vigencia el 1 de julio de 1997. En Argentina, Perú, El Salvador y otros países se ha puesto en marcha la privatización de los sistemas de Seguridad Social. Uruguay ha ensayado un modelo mixto. Novedades Importantes: A pesar del propósito del neoliberalismo de privatizar todos los sistemas de Seguridad Social en la región, se dan iniciativas importantes para preservar su carácter de SERVICIO PUBLICO y conservar la responsabilidad de toda la sociedad y del Estado en la articulación de POLITICAS DE SEGURIDAD SOCIAL. ASÍ EXISTEN: La Carta Social Europea  La Carta Social Andina y del MERCOSUR  Varios Acuerdos de carácter bilateral y multilateral. Inicio

1980

 	Los Convenios Argentino, Brasileño y Argentino-Uruguayo. 

Existe una Convención de Seguridad Social de los países Centroamericanos, pero no es operante. Costa Rica es el país que más ha desarrollado un buen sistema de Seguridad Social. 1994 En diciembre, el Protocolo de Ouro Preto que redefine la organicidad del MERCOSUR, estableció que el Sub Grupo de Trabajo número 10 es el responsable de asumir los Asuntos Laborales, de Empleo y Seguridad Social.

1996 El Convenio de Seguridad Social Argentino-Chileno, actualizando el anterior de 1972 1997 Una novedad importante son los acuerdos bilaterales y multilaterales que están surgiendo al calor del proceso de Integración.

1997 La Central Latinoamericana de Trabajadores -CLAT-, luego de realizar varios Coloquios y Conferencias Internacionales sobre la materia lanza una propuesta de Seguridad Social Integral participada y solidaria.

1997

 	El 14 de diciembre, se firma el Acuerdo Multilateral sobre Seguridad Social del MERCOSUR. El artículo 2 expresa: “Los derechos de Seguridad Social se reconocerán a los trabajadores que presten o hayan prestado servicios en cualquiera de los Estados Parte, reconociéndose, así como a sus familiares y asimilados los mismos derechos y estando sujetos a las mismas obligaciones que los nacionales de dichos Estados Partes con respecto a los específicamente mencionados en el presente Acuerdo” 

Inicio

1998 El XI Congreso de la Central Latinoamericana de Trabajadores -CLAT-, reunido del 08 al 14 de noviembre en la ciudad de México, ACORDÓ: “Rechazar el modelo de Seguridad Social privatizador que sólo busca fortalecer los mercados de capitales a través de inversiones forzadas de los trabajadores, elimina o reduce sensiblemente la responsabilidad o rol regulador del Estado, los trabajadores no participan en la administración de sus propios recursos y los derechos adquiridos pierden su vigencia y validez legal…” 1999 Es interesante el artículo 86 de la Constitución Bolivariana de la República de Venezuela que establece “La Seguridad Social como servicio público de carácter no lucrativo” motivando una decisión del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) que transmitió al gobierno venezolano que no podía aportar su cooperación financiera y técnico si no privatizaba la Seguridad Social.

1999/2000 Se aprueba en el Sistema Andino de Integración el Protocolo Modificatorio del Convenio Simón Rodríguez que trata sobre Política Social y Seguridad Social. Se establece el acuerdo de propender a la extensión de los beneficios fundamentales de la Seguridad Social a los trabajadores de los diferentes países miembros. Se revisa las decisiones 113 y 148 sobre “Instrumento Andino de Seguridad Social” y Reglamento del “Instrumento Andino de Seguridad Social” Otra de las novedades importantes es la incorporación de los trabajadores de la economía informal a la Seguridad Social. Inicio

2000 El 15 de marzo, se firma un Convenio entre la Caja Costarricense de Seguridad Social y la Federación Costarricense de Trabajadores Autónomos, por el cual se acuerda extender la aplicación de los Seguros Sociales en forma de cotización colectiva para grupos organizados, rigiéndose para todos los efectos por los alcances del Reglamento del Seguro Voluntario El lema de la Asociación Internacional de la Seguridad Social (AISS) es: “No hay Paz Verdadera sin Justicia Social, No hay Justicia Social sin Seguridad Social”.

DISFRUTEN ESTA INFORMACION A MIS COMPAÑEROS DEL ITT. BR. MARIO HUMBERTO CHI NAH. PANABA YUC


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