El Contrato de Opción.-
Concepto:
Un contrato de opción es aquel por el que una parte (comprador de la opción) puede optar por comprar (opción call) o vender (opción put) un activo subyacente a otra parte (vendedor de la opción) en un momento fijado del tiempo (opción europea) o en cualquier momento desde que se celebra el contrato hasta su vencimiento (opción americana). Para poder ejercitar el derecho el comprador paga una prima al vendedor.
La opción es un derecho para el comprador de la misma que es quien toma la decisión de ejercitarla o no, mientras que para el vendedor constituye una obligación de comprar o vender el activo y a cambio recibe una prima. Pueden negociarse opciones sobre una serie de activos muy diversos entre los que cabe mencionar los valores mobiliarios, futuros, índices bursátiles, oro y divisas.
Los mercados de opciones se han desarrollado simultáneamente a los mercados de futuros y, del mismo modo, nacen como consecuencia lógica de la necesidad de superar los problemas consustanciales que existen en la negociación directa a plazo. Así pues, los mercados de opciones comparten las mismas características que los mercados de futuros en lo referente a la contratación: sistema de negociación, estandarización de los contratos y cámara de compensación como garante del buen fin de las operaciones.
Futuros y opciones son los ejemplos más claros de mercados derivados organizados, pero no debemos olvidar la existencia de segmentos no organizados ni estandarizados del mercado. Así, la utilización de contratos “a medida”, no negociados en forma estandarizada en un mercado claramente identificado como tal, es un hecho innegable y de singular importancia.