NORMA CONTABLE C-1
EFECTIVO
ALCANCE
Establece las reglas de valuación y presentación de las partidas que integran el renglón de efectivo, entendiéndose como efectivo la moneda de curso legal o sus equivalentes.
REGLAS DE VALUACION
se valúa a su valor nominal. El representado por metales preciosos amonedados y moneda extranjera, se valúa a la cotización aplicable a la fecha de los estados financieros.
los rendimientos sobre depósitos que generen intereses se reconocen en resultados conforme se devengan.
los ajustes resultantes de la valuación del efectivo representado por metales preciosos amonedados y moneda extranjera se reconocen en resultados.
REGLAS DE PRESENTACIÓN
se presenta como la primera partida del activo circulante, excepto cuando existen restricciones formales en cuanto a su disponibilidad o fin al que esté destinado, en cuyo caso se mostrará por separado en el activo.
los cheques librados con anterioridad a la fecha de los estados financieros que no se hayan entregado a los beneficiarios, se presentará formando parte del renglón de efectivo.
cuando no se tengan convenidos de compensación, los sobregiros reportados por las instituciones que integran el sistema financiero deben mostrarse como un pasivo a corto plazo, aun cuando se mantengan otras cuentas de cheques en la misma institución.
REGLAS DE REVELACIÓN
restricciones sobre la responsabilidad.
existencia de metales preciosos amonedados y el efectivo denominado en moneda extranjera indicando su monto, política de valuación, clase de moneda, cotizaciones utilizadas para su traducción a pesos mexicanos y su equivalente en moneda nacional.
VIGENCIA
Esta norma entra en vigor a partir del 01 de enero de 2000 y deja sin efecto las disposiciones contenidas en el boletín C-1 anterior de fecha 1° de enero de 1990.
Por: Adriana Flores ITJ