Accidentes de trabajo: Es toda lesión medicoquirúrgica o perturbación psíquica o funcional, permanente o transitoria, inmediata o posterior, o la muerte, producido por la acción repentina de una causa exterior que puede ser medida, sobrevenida durante el trabajo, en ejercicio de este, o como consecuencia del mismo; y toda lesión interna determinada por un violento esfuerzo, producida en las mismas circunstancias.
La ley Federal del Trabajo en su articulo 474 define al accidente de trabajo como:
Accidente de trabajo es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste.
Quedan incluidos en la definición anterior los accidentes que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar de trabajo y de este a aquel.
Causas de los accidentes Toda acción tiene una causa y los accidentes no son la excepción. Entre las causas que dan origen a un accidente, hay dos que conducen directamente a la producción de los mismos.
Directas o próximas: Dependen estas del ambiente de trabajo donde se realizo el accidente y de las condiciones biológicas intrínsecas del propio accidentado. Estas causas existen de dos formas:
a. Condiciones inseguras: Que son los riesgos que hay en los materiales, maquinarias, edificios que rodean al individuo, ya sea por defecto u omisión, o por la propia naturaleza de los mismos, y que representan un peligro de accidente. • Un automóvil con los frenos en mal estado. • Una escalera a la que no se le ha puesto pasamanos. • El ácido sulfúrico con el que se tiene que trabajar en algunas industrias.
b. Prácticas inseguras: Que son los actos personales que en su ejecución exponen a las personas a sufrir un accidente. • Entrar sin mascarilla a un canal de drenaje en el cual puede haber acumulación de gases. • Trabajar con ropa suelta donde hay maquinaria en movimiento. • Trabajar en un andamio, sin sujetar la herramienta y con riesgo de que esta caiga.
Indirectas o remotas: Estas son totalmente ajenas a las condiciones biológicas intrínsecas del accidentado, aunque puede estar subordinadas o no la medio en que se trabaja en forma normal. (El accidente se debe a condiciones o practicas inseguras de personas ajenas a la conducta del accidentado; es decir, el es una víctima inocente del riesgo que sufra).
mAS sobre el tema en http://www.itlp.edu.mx/publica/tutoriales/rechum1/u4parte19.htm